Horario: 16.30 a 18.00 horas, una hora menos en Canarias
Fecha de la emisión en directo vía internet: 23 de diciembre de 2024
Lo puede ver en directo vía internet en formato videoconferencia y disponible en modo grabación durante tres meses
Ponente
Don Carlos González González
Magistrado Social
Delegado de Igualdad del TSJ de Navarra
Profesor Máster Acceso a la Abogacía
Profesor Practicum Laboral UPNA
Objetivo
Analizar la nueva doctrina establecida por la STS 18.11.2024 en relación con los despidos y la audiencia previa. Además, se analizará su impacto en la calificación del despido y las posibles indemnizaciones vinculadas a la falta de dicha audiencia.
Programa
La nueva doctrina de la STS 18.11.2024
¿A qué despidos se aplica la exigencia de la audiencia previa?
¿Puede el convenio colectivo prever supuestos en los que no sea preceptiva la audiencia previa?
¿En qué momento debe realizarse la audiencia previa? ¿Exige un plazo mínimo de antelación frente a la decisión de despido?
¿Qué alcance tiene la mención a que la persona trabajadora pueda defenderse? ¿Implica que puede proponer pruebas antes de la decisión de despido?
¿Qué contenido debe tener la audiencia previa?
¿Cuál es la situación de la persona trabajadora durante la fase de audiencia previa?
¿Sigue transcurriendo el plazo de prescripción de la infracción laboral durante el trámite de la audiencia?
¿Puede exigirse conexión entre el contenido remitido por la empresa para la audiencia previa y la posterior carta de despido?
¿Cómo debe calificarse el despido cuando se incumple la exigencia de la audiencia previa?
¿Puede reconocerse una indemnización vinculada a la falta de la audiencia previa?
¿Hay otros supuestos que exigen trámites de audiencia o expedientes contradictorios al margen del artículo 7 del Convenio 158 de la OIT?
La casuística de los tribunales