Deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales
- Fecha
- Jueves 24/04/2025
- Modalidad
- Videoconferencia en directo y diferido
Horario: 16.30 a 18.30 horas, una hora menos en Canarias
Fecha de la emisión en directo vía internet: 24 de abril de 2025
Lo puede ver en directo vía internet en formato videoconferencia y disponible en modo grabación durante tres meses
Ponente
Don José Manuel Aguilar Rodríguez
Socio Devita Asesores
Economista, asesor fiscal
Profesor Departamento Empresa UAB
Dirigido y objetivos
A asesores fiscales u otros profesionales vinculados al sector cinematográfico y de artes escénicas o a inversores que participen en la financiación de las mismas, pero también a cualquier persona que quiera tener una visión compacta de la estructura de liquidación del Impuesto sobre sociedades desde la perspectiva de la deducción prevista en el artículo 36 y 39.7 LIS toda vez que dicha deducción refiere a inversiones y gastos que afectan al límite genérico sobre la cuota íntegra ajustada del impuesto sobre sociedades de conformidad con el articulo 39.1 LIS.
Programa
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Importe deducción del productor, por las inversiones que realice en producciones españolas de largometrajes y series audiovisuales
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Requisitos para aplicar la deducción por inversiones en producciones españolas de largometrajes cinematográficos y de series audiovisuales de ficción, animación o documental, que permitan la confección de un soporte físico previo a su producción industrial seriada
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Deducción para los productores que se encarguen de la ejecución de una producción extranjera de largometrajes cinematográficos o de obras audiovisuales que permitan la confección de un soporte físico previo a su producción industrial seriada
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Deducción se establece para los gastos realizados en la producción y exhibición de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales. Requisitos para su aplicación
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Deducción por participación en la financiación de producciones españolas cinematográficas y series audiovisuales (art. 36.1 LIS) y en gastos realizados en la producción y exhibición de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales (art. 36.3 LIS)
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Normas comunes del Art. 39.7 LIS. Incidencia en el límite genérico aplicable del artículo 39.1 LIS. Imposibilidad aplicación Cash back y ejemplos de liquidación del impuesto. Orden de aplicación de las deducciones
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Diferencias con el Régimen Especial AIE
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Régimen de incompatibilidades y pérdida del derecho a la deducción
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Consultas y aclaraciones