La aplicación de la regla de prorrata y los sectores diferenciados en el IVA
- Fecha
- Martes 05/05/2026
- Modalidad
- Videoconferencia en directo y diferido
Horario: 16.30 a 19.30 horas, una hora menos en Canarias
Fecha de clase en directo vía internet: 5 de mayo de 2026
Lo puede ver en directo vía internet en formato videoconferencia y disponible en modo grabación durante tres meses
Ponente
Don Antonio Martínez Alfonso
Técnico de la AEAT y doctor en Ciencias Empresariales
Autor de publicaciones sobre la relación de contabilidad e impuestos
Dirigido
A Asesores fiscales, consultores y en general personas que se dediquen o se quieran iniciar o profundizar en el estudio de la deducción del IVA soportado en actividades/negocios en los que se limita el derecho a la deducción.
Objetivo
Se pretende obtener el conocimiento necesario para poder aplicar las reglas de deducción del IVA soportado en empresas/sectores con prorrata. La regla de prorrata es un mecanismo del IVA aplicado por autónomos y empresas que realizan simultáneamente actividades con derecho a deducción (sujetas a IVA) y sin derecho a deducción (exentas). Determinar, mediante un porcentaje, qué parte del IVA soportado en compras y gastos pueden desgravarse, así analizar previamente a la prorrata, si hay o no sectores diferenciados, es el objetivo principal de este curso práctico.
Programa
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Los sectores diferenciados (Art.9 1º.c y 101 de la LIVA)
- Aplicación de la regla de prorrata
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Clases de prorrata
- Prorrata general
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Caso práctico
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Prorrata especial
- Caso práctico
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La prorrata de los bienes de inversión
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Caso práctico
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venta posterior de los bienes de inversión en el periodo de regularización
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Caso práctico venta de bienes de inversión
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Regularización de las deducciones anteriores (cuotas de IVA soportadas con anterioridad) al inicio de la realización habitual de operaciones sujetas al impuesto